El Tribunal Superior de Medellín, a través de su Sala Cuarta de Decisión Laboral, revocó la medida de arresto y multa que había sido impuesta en primera instancia contra el ministro de Educación, Daniel Rojas Medellín, por un presunto incumplimiento de un fallo relacionado con el pago de cesantías a docentes.

La nueva decisión revierte el fallo del Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Medellín, tras concluir que el Ministerio de Educación sí respondió de manera oportuna, completa y de fondo al derecho de petición presentado por la Gobernación de Antioquia, por lo que no existió vulneración de derechos fundamentales.

El fallo de segunda instancia

De acuerdo con el Tribunal, la acción de tutela interpuesta por la Gobernación carecía de objeto, ya que la cartera educativa había cumplido con los plazos y requerimientos establecidos en la ley.

La controversia surgió luego de que la Gobernación de Antioquia solicitara información sobre presuntos retrasos en el pago de cesantías docentes por un monto aproximado de 4.000 millones de pesos. Aunque el Ministerio respondió dentro del tiempo legal, el ente territorial alegó que no se entregaron los documentos específicos requeridos y presentó una tutela.

El Tribunal aclaró que los documentos adicionales reclamados correspondían a una solicitud distinta y posterior, también atendida en los términos legales por el Ministerio.

Desmiente sanción contra el ministro

Tras conocerse el fallo de primera instancia, algunos medios informaron que el ministro Daniel Rojas había sido sancionado con arresto y multa. Sin embargo, el Ministerio de Educación aclaró en un comunicado que dicho auto “no estaba ejecutoriado”, es decir, no había quedado en firme ni producía efectos jurídicos definitivos, ya que podía ser objeto de recursos o revisión.

“El auto que circuló en medios no está ejecutoriado”, señaló la entidad, desmintiendo que el ministro hubiera sido efectivamente sancionado.

Con esta decisión del Tribunal Superior de Medellín, el caso queda cerrado a favor del Ministerio de Educación, al determinarse que no hubo incumplimiento ni desacato alguno en la entrega de la información solicitada.